Tal comunican desde la institución "Se les comunica a los clubes que a partir de la próxima fecha 11º del Torneo Clausura será de aplicación dicho artículo el que se transcribe
a continuación: “Art. 278 - Suspensión de siete días a cuatro meses al que: d) Permita la exhibición de las denominadas "mascotas", antes, durante o después del partido, dentro del campo de juego, sea cual fuera la naturaleza de aquellas”.
Dicha directiva formaría parte del Reglamento de Penas y Transgresiones del CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL DE A.F.A.