VISTO:
Que los deberes y obligaciones del Intendente Municipal, determinados en el capitulo IV- Art. 41. inc). 20 de la Ley Nº 2.756, Ley
orgánica de municipalidades, faculta a este a actualizar el inventario de todos los inmuebles de la Municipalidad y otro de los títulos y escrituras que se refieren al patrimonio Municipal.
CONSIDERANDO:
Que esta en vigencia el decreto Nº 3.967/10 que regula el Libre Acceso a la Información Publica.
Que en la sesión del 23 de Mayo pasado Concejales del oficialismo han dicho que el Municipio posee terrenos aptos para la construcción de viviendas .-
Que es intención del Honorable Concejo Municipal, publicitar toda la información de la Administración Municipal, teniendo en cuenta que la misma es necesaria para la toma de decisiones y en la ejecución de las políticas públicas locales.
POR ELLO:
EL BLOQUE DEL UCR PRESENTA LA SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº .-
Art.1º.- El Concejo Municipal vería con agrado que el Departamento Ejecutivo Municipal envíe a este cuerpo, a la brevedad, el inventario de todos los inmuebles de la Municipalidad y otro de los títulos y escrituras que se refieren al patrimonio Municipal y detalle los terrenos ofrecidos a la DPVyU del Gobierno Provincial, con su número de Expediente correspondiente e incluyendo copia de las notas que dieron inicio al trámite en cuestión.-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-
































