El Gobierno nacional formalizó este viernes la ampliación de la lista de actividades consideradas esenciales y que por ello quedarán
exceptuadas de cumplir el estricto asilamiento que se estableció con la cuarentena general contra el coronavirus. Así se resolvió a través de la decisión administrativa 450/2020 publicada en el Boletín Oficial.
En total, se consideraron las actividades de siete rubros, entre los que figuran los corralones, distintas producciones, la actividad del comercio exterior y servicios de mantenimiento y fumigación, entre otros.
Las nuevas categorías habilitadas para circular
1. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
2. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
3. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
4. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
5. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
6. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
7. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
8. Inscripción, identificación y documentación de personas.
Las personas alcanzadas por esta Decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Covid-19.
Acceso para tramitar certificado unico habilitante aqui




































