
Proyecto 1
VISTO:
La ley provincial nº 10.685/91 mediante la cual el Gobierno de la provincia de Santa Fe exime del pago de la patente de vehículos a
los ex combatientes de Malvinas; y
CONSIDERANDO:
Que se cumplieron 30 años desde su sanción y aún los ex-combatientes de nuestra ciudad no poseen el beneficio de dicha ley.
Que para obtener dicho beneficio, el Gobierno Provincial solicita a las administraciones municipales que envien el listadod e los excombatientes de residentes en sus ciudades y los datos del vehiculo a exhimir del pago de la patente automotor correspondiente.
POR TODO ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES UCR DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CAÑADA DE GÓMEZ, PRESENTA LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN.-
Art.1º.- El Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que envíe la información requerida por el gobierno de la Provincia de Santa Fe, con los datos personales y de los vehiculos de los ex-combatientes de Malvinas de nuestra ciudad que cumplen con los requisitos de la Ley Provincial Nº 10.685/91, para que se de cumplimiento a lo dispuesto por la misma.-
Art.2º.- De Forma.-
CAÑADA DE GÓMEZ, 8 de Abril de 2021.-
Proyecto 2
VISTO:
La histórica Gesta de Malvinas y la participación en la misma de vecinos de la ciudad quienes han sido declarados CIUDADANOS ILUSTRES como EX COMBATIENTES VETERANOS DE GUERRA DE MALVINAS, de la ciudad de Cañada de Gómez, mediante Ordenanza Municipal Nº 9164 del 27 de Marzo de 2018.-
; y
CONSIDERANDO:
Que tal reconocimiento es importante para dimensionar el coraje, la valentía, la entrega y el amor incondicional por la Patria de ciudadanos cañadenses, jóvenes y adolescentes en ese momento, que han participado del conflicto bélico.-
Que es deber del municipio realizar un aporte aunque sea mínimo, mediante la eximición a estos ex-combatientes de tasas y contribuciones municipales en forma de reconocimiento y ayuda económica a nuestros Ciudadanos Ilustres.
Que mediante Ordenanza Nº4515, del 25 de marzo de 2002, se autorizó al D.E. Municipal, a que proceda a EXIMIR del pago de la TASA GENERAL DE INMUEBLES a los EX-COMBATIENTES DE MALVINAS, para la vivienda familiar registrada a nombre del ex-combatiente, y en caso de habitar vivienda familiar en locación o comodato, demostrar que el pago de la Tasa General de Inmuebles Urbanos corre a su cargo.-
Que el objetivo que persigue esta ordenanza es reconocer su labor por la Patria, a través de la liberación de cargas contributivas sobre los bienes, a fin de mejorar la calidad de vida de los ex combatientes.
Que podrán acceder a los beneficios quienes hayan participado del conflicto armado entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, y que presenten certificado actualizado como veterano de Malvinas, tengan domicilio y residencia en la ciudad al momento de pedir el beneficio, estén comprendidos en los términos de la Ley Nacional N° 23.848 y acrediten la propiedad de los bienes afectados a los beneficios.
Que por lo dicho anteriormente, y tan slo para saldar una pequeña parte de la deuda pendiente de los argentinos con sus compatriotas ex combatientes de Malvinas, por razones de estricta justicia, por la memoria de la gesta y los que participaron en ella, porque nuestros ex combatientes
POR ELLO:
EL BLOQUE DE CONCEJALES UCR DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CAÑADA DE GÓMEZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A Nº .-
Art.1º.- Autorizar al D.E. Municipal, proceda a EXIMIR del pago de los gastos en sepelios y Derechos de cementerios, la obtención de la licencia de conducir del vehículo particular, Ia exención en el pago del Servicio de Estacionamiento Medido Municipal a los Ex-Combatientes de Malvinas.
Art.2º.- Remitir nota a la Sede de Ex-Combatientes de Malvinas de nuestra Ciudad, quien elevará los datos personales de los Ex-combatientes alcanzados por la presente.-
Art.3º.- Crear el Registro Municipal de Veteranos de Guerra de Malvinas para coordinar la implementación de los beneficios establecidos enla presente.
Art.4º.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación por parte del D.E Municipal.-
Art.5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R.M.-
CAÑADA DE GÓMEZ, 8 de Abril de 2021.-




































