Ref.: Expte. C. M. nº 12674- letra “B” - Año 2021.-
La comisión de Gobierno e Interpretación:
Dictamina aprobar el Proyecto de Ordenanza con modificaciones en el Artículo 1º, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Art.1º.- Modificar el Art.3º de la Ordenanza Nº4661, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “El Ente Turístico de la Cañada estará conformado por:
• Un presidente, cargo que ejercerá ad-honorem nombrado por el DEM.
• Un Concejal representante del Concejo Municipal que no percibirá remuneración alguna por su función en el Ente. Durará en el cargo dos años si no concluyera su mandato con anterioridad o fuera remplazado por decisión del Cuerpo.
• Un representante del sector privado, que se desempeñará ad- honorem y que durará dos años en su función. El mismo será designado por el Departamento Ejecutivo con acuerdo del Concejo Municipal a propuesta de todas las Agencias de Viajes y Turismo de la ciudad habilitadas que acrediten ante la Municipalidad un interés comprobable en la consecución de los objetivos del
ENTE.
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Cañada de Gómez, 7 de Julio de 2021.-




































