El subsidio extraordinario se abonará de la siguiente manera: las jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 0, 1 y 2 cobrarán el

día 20 de diciembre; los documentos terminados en 3, 4 y 5, el día 21 de diciembre; los terminados en 6 y 7, el día 22 y los finalizados en 8 y 9, el día 23.