La Secretaría Electoral Nacional del Distrito Santa Fe dependiente del Juzgado Federal N° 1 de esa ciudad, recuerda que
el cumplimiento y asistencia a la mesa de votación como autoridad es una carga publica, y que la no concurrencia por causas justificadas se encuentra penada en el art. 132 del Código Electoral Nacional que reza: "Se penará con prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas."
Ante cualquier consulta o reclamos podrán dirigirse a la sede de la Secretaría Electoral Nacional distrito Santa Fe cita en calle Urquiza 3046, por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o a los teléfonos 0342 4525535, 4555214, 4555310.
Hacemos propicia la oportunidad para saludarlo con la mayor consideración, y a la espera de nuevas comunicaciones.
SECRETARÍA ELECTORAL NACIONAL DISTRITO SANTA FE



































