En audiencia del día de la fecha martes 23 de abril de 2024 en los Tribunales Provinciales de Cañada de Gómez, el Juez de primera
Instancia Dr. Campos resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía, representada por el Fiscal Dr. Franco Miatello, aceptado por la Defensa, convalidado por las partes, condenando a N.A.V. de 29 años a la pena de 1 años de ejecución condicional por la comisión del delito de Encubrimiento agravado por el ánimo de lucro en carácter de autor, y reglas de conducta.
La Fiscalía le atribuyó el hecho de fecha 29 de marzo de 2024, 31 de marzo de 2024 y 2 de abril de 2024, en la localidad de Villa Eloísa, haberse hallado en posesión, tras haberlos adquirido, tenido y/o ocultado, de los siguientes elementos: una pala, una valija la cual contenía 4 carteras de cuero, un maletín que contenía en su interior una cartera de paño, una cartera de cuero, un cinturón porta cartucho de escopeta, un bolso de lona que contenía una cartera de cuero, un bolsito colgante de cuero, un mantel de algodón, un centro de mesa, una servilleta de tela, una tetera símil porcelana, una mesa plástica, un serrucho de poda con gancho nuevo y dos espejos sin marco de forma rectangular.
Dichos elementos fueron denunciados como sustraídos en la Zona Rural de Villa Eloísa, los cuales intentó vendérselos a otra persona con evidente ánimo de lucro, no pudiendo acreditar el condenado la propiedad de dichos elementos y estando claramente en condiciones de sospechar que los mismos provenían de un delito.
* Las reglas de conducta a cumplir: a) fijar residencia, b) someterse al cuidado de la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria, c) Abstenerse de usar estupefacientes y abusar del consumo de bebidas alcohólicas, d) adoptar arte, oficial, industria o profesión adecuada a su capacidad, e) prohibición de ingreso a la localidad de Villa Eloísa, pcia de Santa Fe, y prohibición de contacto hacia la víctima del hecho precedente, medida extensiva a llamadas telefónicas, y mensajes.